La resolución 4152 – E de Afip determinó el pago de $40 en concepto de anticipo de cargas previsionales y patronales por cada animal que se manda a faena. El pago se debe hacer efectivo antes del 23 de cada mes, la norma entra vigencia el 1 de diciembre y quienes no la cumplan no podrán faenar.
La Afip determinó que el pago de $40 en concepto de anticipo de cargas previsionales y patronales por cada animal que se manda a faena. El pago se debe hacer efectivo antes del 23 de cada mes, la norma entra vigencia el 1 de diciembre y quienes no la cumplan serían suspendidos del Registro Fiscal de Operadores de la Cadena de Producción y Comercialización de haciendas y Carnes Bobinas” lo que implica en la práctica una carga fiscal mayor y complicaciones comerciales.
Como todo anticipo de impuestos el cálculo se hará sobre una estimación. En este caso se tomará como referencia el promedio mensual de “animales propios o de terceros pertenecientes a las especies bovina y/o bubalina, faenados en la totalidad de las plantas explotadas -aunque no se produzca la venta posterior de la carne por cualquier causa- durante el trimestre anterior al mes en que corresponda el ingreso del pago a cuenta”.
Según publica la AFIP quedan obligados “los empleadores (personas humanas o jurídicas o cualquier otro ente colectivo) que sean a su vez propietarios, locatarios, arrendatarios, concesionarios o cualquier otro titular cuyo nombre y responsabilidad jurídico-económica funcionen los establecimientos de faena”. El organismo recaudatorio también señala quienes quedan excluidos de cumplir esa norma: “los estados provinciales y municipales y el gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las cooperativas de trabajo”.